No todas las personas que son consumidoras de alcohol u otra sustancia psicoactiva en espacios públicos tienen un comportamiento agresivo, que perturbe la paz de los demás.
El código nacional de policía y convivencia (ley 1801/2016) es el encargado de mantener las condiciones necesarias para la sana convivencia en el territorio nacional por medio de acciones preventivas de las diferentes autoridades competentes, lo que es sumamente necesario ya que en toda sociedad debe de haber algo que regule nuestra manera de actuar y convivir.
El pasado 6 de junio de 2019, una mayoría de 6 magistrados de la corte constitucional derogó algunos apartes de los artículos 33 y 140 del código nacional de policía que prohibía el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en espacios públicos ya que los consideraban como una violación al libre desarrollo de la personalidad. Entre las consideraciones de la corte, está el hecho de que no ven claro de qué modo se alcance el fin buscado con estas prohibiciones, el cual es buscar la mejoría de la convivencia y la tranquilidad.
Lea también: Criterios de elección
Encontramos que esta norma está asociada a intervenir en una decisión que es personal como el consumo de mariguana, que a una disposición que garantice la sana convivencia.
El pronunciamiento de la corte constitucional ha sido muy acertado ya que no todas las personas que son consumidoras de alcohol u otra sustancia psicoactiva en espacios públicos tienen un comportamiento agresivo, que perturbe la paz de los demás o dañino del espacio público, que es en realidad lo que se pretende evitar.
Un ejemplo muy claro es el que nos daba la magistrada Diana Fajardo, en el cual dice “una familia está en un almuerzo campestre donde se están tomando una cerveza o una copa de vino” estos estarían incurriendo en esta medida ya que señalan que las normas permiten que cualquier cantidad y cualquier consumo sea contrarrestado con una acción correctiva, lo cual resulta desproporcionado.
Si alguien que haya ingerido alcohol o consumido cualquier sustancia se descontrola, la policía debe intervenir no por el hecho de haber consumido x sustancia sino porque agredió a otra persona. Acá por lo que se está velando es que no hayan alteraciones de la convivencia.
Por ejemplo, en un parque hay dos personas viendo un partido de fútbol, ninguno de los dos está bajo el efecto del alcohol u otra sustancia, uno apoyando el equipo X y el otro apoyando al equipo Z; mientras se está en la euforia del juego los dos hombre se empiezan a increpar y faltar el respeto lo que desencadena una pelea, es en ese momento en que las autoridades competentes deben intervenir poniendo en función el código de policía dado que se está alterando la paz y la tranquilidad de las demás personas. El consumo no necesariamente está relacionado con este tipo de acciones.
Además: Educar para la democracia
Esto ha generado una gran división de opiniones, por un lado los que celebran esta medida porque de esta manera podrán salir a la calle de manera tranquila a consumir alcohol o sustancias, y por el otro están los que la aborrecen argumentando que gracias a esta los parque y diversos lugares de recreación ya no serán un lugar seguro para los niños y familias, sino que estos serán tomados por los jíbaro y viciosos.
Si lo que estaba buscando el gobierno con estas normas era acabar con el consumo de drogas deberían replantearse una mejor manera de conseguirlo, como la prevención y orientación para que los jóvenes y adultos puedan tener una mejor educación frente a este tipo de temas, de este modo se haría valer su derecho al libre desarrollo de la personalidad porque estaría en todo su derecho de elegir si consume drogas o no lo hace