¿Consultar sobre hechos cumplidos?

Autor: Dirección
22 diciembre de 2017 - 12:00 AM

Es la primera vez que la decisión en cuestión no solo ordena la suspensión de un proceso en curso avanzado, sino que ya había cumplido con todos los trámites de ley para ponerse en marcha.

Un nuevo episodio en la larga lista de acciones contra la seguridad jurídica de las empresas del sector extractivo en Colombia tuvo lugar esta semana cuando la sala plena de la Corte Constitucional ordenó a Cerrejón suspender las actividades relacionadas con el desvío del arroyo Bruno y la operación del Tajo La Puente, en La Guajira, al fallar una acción de tutela mediante la cual las comunidades indígenas de La Horqueta, La Gran Parada y Paradero buscaron amparar sus derechos a la consulta previa, al agua, a la seguridad alimentaria, a la salud y a la igualdad, esto último porque otras comunidades en la zona de influencia del proyecto, sí fueron consultadas por la compañía antes de emprender las obras que, dicho sea de paso, ya fueron concluidas en lo relacionado con el desvío del cauce.

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Este hecho muestra una nueva cara de la inseguridad jurídica que se suma a otras expresiones de la misma, como la extralimitación de los concejos para decidir sobre el uso del suelo y el subsuelo en los territorios, la amplitud de los alcances de las consultas populares ante los vacíos legislativos causados por las altas cortes y los intentos de colegislar por parte de la Corte Constitucional, entre otras formas de limitar o cercenar la actividad minera legal y responsable en el país.

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Y hablamos de una nueva cara pues es la primera vez que la decisión en cuestión no solo ordena la suspensión de un proceso en curso avanzado, sino que ya había cumplido con todos los trámites de ley para ponerse en marcha. En efecto, según informó la propia compañía, tras conocer el fallo y ponerse a disposición de las autoridades para cumplir lo ordenado, el denominado proyecto La Puente, cuyo propósito era mover 700 metros al norte un tramo de 3,6 kilómetros del arroyo para expandir el área de operación de la mina y reemplazar el cese de la producción de las reservas que se agotarán en el corto plazo, fue aprobado en 1998 por el Ministerio de Ambiente y sus obras se incluyeron en el Plan de Manejo Ambiental vigente desde 2005. Asimismo, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales dio vía libre a los diseños en 2014, a la vez que se adelantó el proceso de consulta previa con la comunidad certificada por el Ministerio del Interior como la directamente afectada por los trabajos.

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Además de lo anterior, el fallo solicita la realización de un estudio técnico sobre las afectaciones de la obra argumentando que las mismas podrían perturbar la conservación del recurso hídrico y biótico, amenazando la existencia de las comunidades que dependen del arroyo, como si los rigurosos estudios realizados por la misma empresa para poder obtener la licencia no fueran válidos ahora. Estudios que, por cierto, ratificaron lo que el Ideam ya había dicho sobre el arroyo en el sentido de que este es estacional, es decir, que solo registra cuatro meses de humedad frente a ocho de sequía, y que la zona de desvío, que es la parte baja, no registra actividad agrícola o pesquera,ni en sus inmediacionesse encuentran asentamientos humanos.

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Aunque en el corto plazo Cerrejón no se verá afectado para cumplir sus compromisos comerciales, en el mediano y largo plazo esta decisión puede resultar gravísima, pues mientras la compañía no pueda explotar las reservas de carbón existentes en el tajo La Puente, avanzan en el mundo, bajo el liderazgo de Canadá y el Reino Unido, iniciativas para que a 2030 el carbón sea eliminado como fuente generadora de energía, por lo cual las perspectivas son oscuras, no solo por las regalías y los impuestos que dejará de percibir La Guajira, sino porque ni ese departamento ni los demás productores del combustible en el país, tendrán dónde venderlo.

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La tiranía por vía judicial de unos pocos que, quién sabe movidos por qué intereses, siguen lanzando ataques a una de las pocas industrias que han generado desarrollo y recursos en el país y muy especialmente en La Guajira, puede ocasionar un daño irreversible pues si bien ese departamento ha sido agobiado por numerosos problemas, las regalías, los impuestos y las acciones de responsabilidad social han mitigado en buena medida una situación que bien podría ser catastrófica. De no ser por la corrupción, que ha sido el agujero negro por donde se han ido enormes recursos que la empresa ha entregado, los beneficios serían mucho más evidentes.

No es admisible que en un escenario en el que siempre habrá quién no esté de acuerdo con lo que se decide o lo que se ejecuta, como lo es la industria minera, la justicia se preste para entrar en un círculo sin fin de discusión, desconociendo los antecedentes y la jurisprudencia.

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