El Juzgado segundo penal del circuito de Bello manifestó que el director debe trasladar a las personas que no son funcionarios públicos de este pabellón.
Once días de arresto, siete salarios mínimos legales vigentes y el obligatorio cumplimiento del fallo proferido por el juzgado, son las sanciones impuestas a Manuel Alberto Flórez, director de la Cárcel Bellavista, por no haber acatado la orden proferida desde el Juzgado segundo penal del circuito de Bello.
En este fallo, según dice el nuevo documento del proceso jurídico, indicó que Flórez “incurrió en desacato del fallo de tutela proferido por este despacho el 29 de marzo del 2017, por medio de la cual se ampararon los derechos fundamentales de Richar Antonio Pérez y se le ordenó trasladar del pabellón 11 a los internos que no ostentan la calidad de exfuncionarios públicos”.
Lea más sobre: MinJusticia radicó proyecto para ampliar personal del Inpec
Debido a la desobediencia, el juez decidió “imponer una sanción correspondiente a 11 días de arresto y una multa equivalente a siete salarios mínimos legales mensuales vigentes(…)".
“Para su pago, (Flórez) tendrá el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la ejecución de esta providencia. Además, en su calidad de representante legal del establecimiento carcelario, debe dar cabal cumplimiento a lo ordenado el en fallo de tutela”, agregó el texto sancionatorio.
El sujeto, miembro de la Fuerza Pública, manifestó sentirse en peligro porque en el pabellón que estaba, había personas que no pertenecían al rango de funcionario público, lo cual podría representar un riesgo para su integridad física.
En otras circunstancias, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) declaró insubsistente a la directora de la Cárcel El Pedregal, Claudia Patricia Giraldo, quien ya abandonó el cargo directivo en el centro penitenciario.