Dentro de los temas de reforma que se le deben realizar a la Ley 30 de 1992, de educación superior, se le debe sumar lo relacionado con la exclusión del post-doctorado como programa de posgrado.
Recientemente algunas universidades colombianas, entre públicas y privadas, han creado programas de post-doctorado (en lo sucesivo pos doc), amparadas en los artículos 10 y 12 de la ley 30 de 1992. Sin embargo, el Decreto Único del sector educativo (D. 1075 de 2015) no menciona nada referente al trámite del registro calificado de estos programas. Al existir este vacío en la ley, las universidades han interpretado que la creación del pos doc entra en la órbita de la autonomía universitaria, lo que se ha concretado en la iniciativa por parte de algunas instituciones de educación superior de crear y ofertar “Programas de Post-doctorado”, con el mismo formato de los programas de educación formal, es decir, con un currículo, actividades académicas, procesos evaluativos y por supuesto cobro de costos educativos (pago de inscripción y pago de semestre o anualidad).
En la lista de universidades que están ofertando “programas de pos doc” en Colombia se encuentran las siguientes: Universidad del Bosque, Universidad Santo Tomás, Universidad San Buenaventura, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, Cinde - Universidad de Manizales; recientemente el rector de la Universidad Distrital compartió la feliz noticia de la creación del programa de Post-doctorado en Educación. Tengo información que otras universidades están trabajando en la construcción de programas similares y de la misma manera, conozco a colegas (profesores) universitarios que buscan estos programas para mejorar sus hojas de vida.
Sin embargo, en el contexto internacional el pos doc se identifica con una posición universitaria diseñada para enganchar a jóvenes doctores (recién graduados), por lo regular que aún no están vinculados o no tienen una plaza de profesor en una universidad, para que realicen tareas específicas de investigación con un profesor senior o grupo de investigación, durante una estancia de uno a dos años; las universidades que ofrecen las plazas disponen de recursos económicos para pagar al joven investigador y proporcionan las herramientas para que su trabajo investigativo sea exitoso. Atendiendo a lo anterior, un pos doc no es lo que busca un profesor universitario, que cuenta con trayectoria y vinculación laboral estable.
No obstante, en el contexto colombiano se pueden encontrar algunas instituciones de educación superior, como la Universidad de los Andes que enmarca el pos doc atendiendo a la filosofía internacional; por ejemplo, recientemente esta universidad ofreció una plaza para un pos doc en Derecho, para una investigador recién graduado (máximo cinco años de terminación del doctorado), por una duración de un año, prorrogable otro año, con una remuneración mensual de 6.3 millones de pesos y con el compromiso de lograr una publicación de un artículo en Scopus o Scimago (Q1, Q2, Q3) en el primer año; la Institución contempla la posibilidad de ampliar la beca por otro año bajo las mismas condiciones y exigencias.
De igual manera, Colciencias en la convocatoria de estancias postdoctorales 2017, ofertó becas para jóvenes investigadores (con graduación del doctorado después del 2014), con un apoyo económico mensual de 7 millones de pesos y con exigencia a la Institución receptora de mejorar las condiciones de remuneración y compromiso para ofrecer condiciones de infraestructura científica y tecnológica que permitan al pos doc realizar una investigación.
No cabe duda que las primeras universidades, las que han creado los “programas de post-doctorado” están distorsionado la figura del pos doc, convirtiéndola en un programa de formación continua, que resulta interesante como forma de refrescar conocimientos, técnicas de investigación o ampliar relaciones académicas y establecer nuevos contactos. Sin embargo, no deberían ofrecer estos programas con la denominación “postdoctorado”. Existen otras denominaciones que podrían ser utilizadas como cursos de verano, escuela de entrenamiento, talleres (workshop), iniciativas que siguen estando en el dominio de las universidades y de las redes académicas de investigadores.
Quienes diseñaron la ley 30 fallaron al incluir el pos doc como un programa de posgrado, no obstante, las universidades cuentan con académicos e investigadores que pueden alertar a las directivas universitarias sobre lo impropio que resulta convertir una posición académica de pos doc en un programa académico de posgrado. Esta clase de iniciativas de ciertas instituciones, contribuyen al descredito internacional de nuestro sistema de educación superior.