La obligación del Estado no es solamente proteger a ultranza los recursos naturales renovables, como se pretende, sino lograr el desarrollo sostenible
Por HERNANDO ESCOBAR ISAZA
En una reciente columna de EL TIEMPO del 12 de julio pasado, un exministro de ambiente nuevamente pretende atacar el proyecto Quebradona, no con base en conceptos o estudios técnicos verificables, sino con base en perjuicios y opiniones infundadas.
En efecto, afirma sin fundamento alguno, que el proyecto minero destruiría el paisaje, ignorando que la empresa minera plantea en el estudio de impacto ambiental precisamente lo contrario y que la ANLA se encuentra evaluando técnicamente dicho estudio. El Proyecto Quebradona cuenta con ingenieros de minas y ambientales y con los funcionarios directivos de los que éstos dependen, los cuales están obligados a realizar el seguimiento de sus trabajos. Por su parte, la comunidad que verificará el cumplimiento de las obligaciones y las autoridades minera y ambiental que realizarán de manera responsable su fiscalización. En consecuencia, se requiere demostrar que se destruirá el paisaje y no simplemente afirmarlo.
Se manifiesta que se producirá el declive de la vocación agrícola, los valores ambientales, las tradiciones culturales y el potencial turístico, no sólo en el sitio del proyecto y en el municipio el que se encuentra ubicado, sino en la región sin precisar su ámbito geográfico. Se añade que se arruinarán esas fuentes de empleo y riqueza de largo plazo, señalando que esta última observación no es una especulación, con lo que se insinúa que las demás sí lo son, por lo que es forzoso concluir que ninguna de dichas afirmaciones cuenta con un fundamento técnico verificable.
Se menciona que Comfama abandonó el proyecto de un parque ecoturístico, porque pretendía adelantarlo en un lote que compró recientemente, sin haber adelantado responsablemente un estudio de títulos, en el que hubiera podido establecer incluso en el Catastro Minero que es público, que en el área existía un título minero desde hacía cerca de quince años, por lo que no resultaba posible operar un parque en el mismo sitio en que se realizarán actividades mineras. Culpar a la empresa titular minera de la negligencia de la Caja de Compensación no resulta posible ni aceptable. Los seis estudios que dicen haber realizado para sustentar el abandono del proyecto, podrían haberlo advertido también. Razón de más para que el Consejo Directivo de Comfama analice la posibilidad de derivar la responsabilidad que le corresponde al director de dicha entidad.
Al referirse a la posibilidad de un distrito minero en la zona, cabe aclarar que la posibilidad de un distrito corresponde más al potencial de cobre en la Cordillera Occidental. Como no existen exploraciones geológicas suficientes que permitan confirmar la viabilidad de otros proyectos de gran minería en la región, el exministro incurre en otra especulación infundada.
Se invoca, entre otras opiniones, la de Jorge Eduardo Cock, para referirse a graves impactos ambientales y sociales, lo que tampoco se demuestra con base en estudios técnicos verificables.
A Dios gracias hoy las autorizaciones sobre los proyectos mineros no se adoptan con base en el clamor de las supuestas mayorías de los opositores o defensores, sino con base en estudios técnicos como lo ordena la ley. Lo contrario sería abogar por el regreso de las ordalías medievales y los dictámenes de la inquisición.
Se afirma que el Estado está obligado a proteger el paisaje que supuestamente se arrasará con las actividades mineras, suponiendo también, infundadamente, los efectos irreversibles de los impactos ambientales y que las medidas de restauración y mitigación, entre otras, no resultarán eficaces.
La obligación del Estado no es solamente proteger a ultranza los recursos naturales renovables, como se pretende, sino lograr el desarrollo sostenible, integralmente concebido como social y económico y ambiental, como lo disponen la Declaración de Río de Janeiro, la Constitución Política y la Ley 99 de 1993, algo que los ambientalistas extremos nunca aceptarán.
El autor de la columna continúa expresando que ha visitado durante 40 años la zona del proyecto y que cada vez descubre nuevos valores, todos los cuales se arruinarían por el avance de las actividades mineras. En realidad, el autor invoca una fachada bucólica detrás de la cual es obvia una realidad de precariedad de jornales agrícolas y de falta de opciones para los habitantes. No es muy claro el valor que se desprende de esta realidad, salvo el que quiera atribuirle en forma fantasiosa el exministro. Sobra agregar que los resultados de su expedición axiológica y su estimación anticipada del daño ambiental carecen en absoluto de fundamento técnico verificable.
Es curioso que alguien, a pesar de haber sido director del Inderena, promotor de la Ley 99 de 1993 y ministro de Ambiente, no hubiera aprendido que el fundamento de la declaratoria de parques naturales y otras áreas ambientales protegidas, como zonas excluidas de la minería, no pueden ser el resultado de simples opiniones personales, por el contrario, para que puedan producir efectos, deben ser creadas con base en una delimitación, resultado de estudios sociales, económicos y ambientales, como expresamente lo ordenan el Código de Recursos Naturales Renovables de 1974 (Art. 309) y el Código de Minas de 2001 (Art. 34).
Sorprende que muchos de los detractores de la minería, velada e irresponsablemente, fundan su posición en la protección del ambiente, evitando el análisis de cualquier posibilidad de desarrollo sostenible en los proyectos mineros, lo que además resulta aún más cuestionable en medio de una crisis como la actual, que, al parecer, superaría la de 1929, afectando gravemente no solo el ambiente, sino a la sociedad y a la economía. Muchos de ellos defienden el ecoturismo (8% del PIB de Jericó) y pequeños proyectos agropecuarios sobre cultivos no promisorios. ¿Qué alternativa sostenible proponen para la minería y los demás sectores de la economía? Ninguna.