El respeto, base de la convivencia

Autor: José Gregorio Hernández Galindo
14 septiembre de 2019 - 12:03 AM

Las bases falsas a las que nos estamos acostumbrando - en esta y en otras materias - amenazan con destruir nuestra organización democrática.

Medellín

José Gregorio Hernández Galindo

1) En sentencia proferida por la Corte Constitucional se destaca que, si bien en las redes sociales está garantizada la libertad de expresión, ésta no puede ser usada para lesionar o afectar a otras personas, ni para la ofensa y el insulto.

Estamos de acuerdo con la Corte. Ya ella, desde 1992, lo había dejado en claro. La libertad de expresión, en cuya virtud toda persona es libre de manifestar y difundir su pensamiento y opiniones, es un derecho fundamental que debe ser garantizado por el Estado y no cabe la censura, pero no es absoluta. Encuentra límites en los derechos de los demás.

Por tanto, la libertad de expresión no puede ser sustituida por una licencia para la calumnia, la injuria, la ofensa, el improperio, el insulto o la divulgación irresponsable de elementos inherentes a la intimidad personal o familiar, porque ello implica no solamente la distorsión de su sentido sino un verdadero abuso. Así resulta del artículo 20 de la Constitución, interpretado con un sentido integral.

Lea también: Un propósito nacional, la defensa de la vida

El artículo 20 de la Carta consagra la libertad de expresión y la prohibición de la censura; el 1 declara el respeto a la dignidad humana como fundamento del orden jurídico; el 5 mira todos los derechos esenciales de las personas como inalienables; el 15 establece como fundamentales los derechos a la intimidad, a la honra y al buen nombre; y el 95 establece que todo derecho supone responsabilidades, y que toda persona ha de respetar los derechos ajenos y no ha de abusar de los propios. El uso del derecho no se confunde con el abuso. Quien abusa está fuera del Derecho.

2) Si hay algo dañino en cualquier tipo de relación humana, en cualquier sociedad y en cualquier Estado, es la falsedad.

Dice el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua que falsear es "adulterar o corromper una cosa". Lo falso, según la misma obra, es lo engañoso, lo fingido, lo simulado, lo "falto de ley, de realidad o veracidad".

Quien afirma, sostiene o presenta algo que riñe con la verdad engaña, miente y ofende. Por eso, nuestro sistema penal señala la falsedad como un delito. Tiene que serlo, porque la falsedad destruye las bases mismas de toda relación humana porque acaba con la confianza, la buena fe, la lealtad que debe existir entre las personas, entre los particulares y el Estado, entre los individuos y la sociedad.

Se ha puesto de moda en Colombia la presentación, ante la comunidad, los medios de comunicación y el Estado, de títulos académicos falsos, bien porque no existen, o porque la institución educativa que se dice los expidió no lo hizo, o porque corresponden a cursos cortos, informales o pasajeros, de actualización o complementación, sin mayores exigencias académicas, y son presentados como postgrados de especializaciones, maestrías y hasta doctorados, sin serlo. Es una falta de respeto a la sociedad.

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No se ve la utilidad que para un profesional serio o para su prestigio o crédito tenga tales títulos falsos, presentados o expuestos de manera engañosa. Por el contrario, quien es descubierto en estas prácticas mentirosas - y la verdad sale a flote tarde o temprano- no solamente queda mal, pierde todo prestigio y credibilidad, sino que muy probablemente está cometiendo un delito.

Esas bases falsas a las que nos estamos acostumbrando - en esta y en otras materias - amenazan con destruir nuestra organización democrática.

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