Gobierno agilizará beneficios a uniformados con base en la JEP

Autor: Redacción
28 julio de 2017 - 04:41 PM

El Ministerio de Defensa expedirá un decreto en las próximas horas para dar celeridad en estos procesos en los que los miembros de la Fuerza Pública entrarán en la Jurisdicción Especial Para la Paz (JEP). 

Colombia

El ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, reveló este viernes detalles sobre el documento que será expedido en las próximas horas por el Gobierno nacional, para que “pueda agilizarse el otorgamiento de los beneficios de la Ley 1820 a los miembros de la Fuerza Pública”.  
 
“Como se recuerda con la Ley 1820 se dictaron disposiciones sobre tratamientos penales especiales, beneficios y renuncia a la persecución penal para los agentes del Estado, especialmente para miembros de la Fuerza Pública. Principalmente los beneficios consisten en la libertad transitoria, condicionada y anticipada. Estos requisitos están establecidos en el artículo 52 de la Ley 1820”, afirmó.
 
Villegas recordó que en esta Ley se estableció que las listas de personal militar y policial las elaboraría el Ministerio de Defensa, y en una primera fase o mirada, se determinaría cuáles son las conductas punibles y cuál es su relación directa o indirecta con el conflicto. Estas listas –reiteró– son enviadas a la Secretaría de la Justicia Especial para la Paz (JEP), en donde su secretario, Néstor Raúl Correa y su equipo, verifican si el miembro de la Fuerza Pública cumple con los requisitos, suscriben el acta de compromiso, que se comunica al juez competente y se materializa el beneficio correspondiente.
 
A pesar de esa claridad en la Ley hemos tenido dificultades que significan demoras y, al significar demoras, hay incomodidad de parte de los futuros beneficiarios. Entonces, lo que hemos hecho en cumplimiento del principio de inescindibilidad y de la aplicación simultánea e integral del sistema de Justicia Especial para la Paz, es establecer el término de 10 días para que las autoridades judiciales, una vez recibida la comunicación del Secretario de la JEP, decidan sobre la aplicación de la libertad transitoria, condicionada y anticipada”, indicó.
 
Es decir, desde que se recibe la carta por parte de la Secretaría de la JEP hasta la decisión de libertad, no pueden pasar más de 10 días. También afirmó “Igualmente se estableció que se podrán acumular las causas en contra de una persona que está lista para ser beneficiaria de la Ley 1820, y que esa agrupación de los distintos delitos de los cuales pueda ser autor será decidida por la autoridad judicial que emitió la medida de aseguramiento, es decir, por el juez”.
 
Igualmente sostuvo que si no hay en el expediente las pruebas para llenar los requisitos de la Ley 1820, el Ministerio de Defensa podrá allegar esas pruebas desde el mismo Ministerio o de parte del abogado defensor de quien vaya a recibir ese beneficio. 

Lea más sobre: Personería solicitó al Gobierno esclarecer ruta para indultados


“Hemos encontrado que de los 307 miembros beneficiados directamente por la JEP, casi todos ellos son condenados; es decir, que en su expediente están todos los documentos como por ejemplo certificados de cumplimiento de penas, entre otros. Por el contrario, los que no están condenados carecen de estos documentos y por lo tanto es necesario ayudarles a que estos se alleguen a la Secretaría de la JEP y al juez, para que puedan beneficiarse con lo que establece la Ley 1820”, explicó el Ministro.
 
Asimismo, afirmó que el requisito de los cinco años de privación de la libertad para beneficiarse de la Ley 1820 es para cualquiera de los delitos que le hayan sido imputados a la persona, es decir, “si tiene tres delitos de los cuales se supone es culpable y ha estado privado de la libertad cinco años por uno de ellos, se aplica el beneficio. Esto significa que los cinco años cubren el tiempo de privación de la libertad para todo los delitos que le han sido imputados”.
 
“Con esto esperamos que sea masivo el cumplimiento de los beneficios de la Ley 1820. Recuerden además que tenemos un listado con cerca de 1.800 integrantes de la Fuerza Pública, de los cuales 307 se han beneficiado a través de la Secretaría de la JEP y cerca de 320 por el Decreto de suspensión de órdenes de captura o revocatoria de medidas de aseguramiento de la Fiscalía General de la Nación”, enfatizó. Finalmente, indicó que el Decreto mencionado anteriormente saldrá este fin de semana, y con eso además, se espera que aumente el número de beneficiarios de la Justicia Especial para la Paz.
 

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