Este proceso ofrece a la ingeniería motivos para razonar sobre sus responsabilidades, y la necesidad de no excusar sus errores; a la justicia le muestra la necesidad de enriquecer sus capacidades técnicas y el valor de su papel como fuente de equidad y resarcimiento
Después de tres años y medio de un proceso judicial rodeado de presiones, dilaciones y ausentismo de fiscales y acusados, la juez primera penal de Medellín leyó en audiencia este lunes 21 de enero la sentencia condenatoria por el homicidio culposo de Juan Esteban Cantor Molina, a consecuencia del desplome del edificio Space, ocurrido el 12 de octubre de 2013, un hecho que dejó doce personas muertas y a centenares de familias sin vivienda. La medida cobija a Pablo Villegas Mesa, gerente de CDO; Jorge Aristizábal, calculista, y María Cecilia Posada, director de la obra, a quienes se les impusieron penas entre 48 y 51 meses de prisión, que será domiciliaria, y sanciones económicas.
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La decisión fue tomada gracias a que la justicia, con apoyo en peritajes técnicos, pudo demostrar que en el proceso de diseño y construcción del edificio Space ocurrieron 8.289 transgresiones a 41 artículos de la Norma de sismo-resistencia 9, y que en la sola torre 6, la desplomada, se demostraron 2.389 transgresiones a 39 artículos de esa norma.
Llegar a esta decisión en el proceso que comenzó en mayo de 2014, con imputaciones de cargos a los hoy condenados y a los curadores urbanos que otorgaron licencias para la obra, es fruto de la consagración de la familia Cantor Molina a la búsqueda de que se aclararan las causas y responsabilidades del hecho que los enlutó junto a las familias de once trabajadores de la obra, y que llenó de preguntas a esta sociedad. Optar por la búsqueda de la justicia les exigió esfuerzos económicos, inversión de tiempo y el desgaste emocional que significa enfrentar el propio dolor y el de las personas acusadas, y sus familias. Decidirlo fue un acto solidario con las otras víctimas, sus vecinos y todas las personas que posteriormente se vieron afectadas, o podrían verse, por fatales errores de construcción.
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La dignidad del empeño de la familia de Juan Esteban Cantor se revela en su aceptación de las sanciones adoptadas, que resultaron más simbólicas que eficaces para resarcir a los deudos, los afectados y a las autoridades y funcionarios de la Alcaldía de Medellín que actuaron por encima de presiones mediáticas, persecuciones políticas y amenazas con acciones jurídicas, logrando defender la vida de quienes habitaban el edificio que habría de desplomarse, como lo hizo Enrique Gómez, entonces director encargado del Dagrd, y proteger la de quienes quedaron en riesgo, como lo hicieron las autoridades que ordenaron la implosión de las torres restantes que tenían graves defectos en su construcción.
El proceso y la decisión final son un hito en las causas judiciales que exigen a los fiscales asesorarse de expertos independientes que les aporten criterios científicos y técnicos en campos que desconocen. Pero también lo son para gremios, escuelas y empresas de ingeniería, que reciben una alerta para que modifiquen prácticas, asuman responsabilidades y, especialmente, dejen de excusar fallas en las actividades de diseño, cálculo o construcción, que causan pérdida de vidas humanas y graves daños económicos al fisco, en grandes obras de infraestructura, o a agentes privados, en viviendas y otras edificaciones.